domingo, 28 de marzo de 2010

Emisiones Atmosfericas

  • En muchas ocasiones hemos escuchado hablar de las emisiones a la atmosfera pero ¿Qué son las emisiones atmosféricas? Para resolver nuestra duda cuatro dinámicas personas: Espinosa Contreras Oscar Andrés, Guizasola Guzmán Jorge Daniel, Gutiérrez Gómez Adriana Paola, Reyes Ayala Rodrigo Elías (esperando que te recuperes pronto)
    Se dedicaron a realizar tan importante investigación misma que comparten con nosotros.

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    ¿Qué es el permiso de emisión para fuentes fijas?
    El permiso de emisión atmosférica es el que concede la autoridad ambiental competente, mediante acto administrativo, para que una persona natural o jurídica, pública o privada, dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales respectivas, pueda realizar emisiones al aire. El permiso sólo se otorgará al propietario de la obra, empresa, actividad, industria o establecimiento que origina las emisiones.
    El permiso puede obtenerse como parte de la licencia ambiental única, o de la licencia global, o de manera separada, en los demás casos previstos por la ley y los reglamentos.
    No se requerirá permiso de emisión atmosférica cuando las emisiones no sean objeto de prohibición o restricción legal o reglamentaria, o de control por las regulaciones ambientales, ni las quemas incidentales en campos de explotación de gas o hidrocarburos, efectuadas para la atención de eventos o emergencias.

    Requerirá permiso previo de emisión atmosférica la realización de alguna de las siguientes actividades, obras o servicios, públicos o privados:
    •Quemas abiertas controladas en zonas rurales, bien de manera permanente, como parte integrante y cíclica del proceso productivo agrario, o bien para el descapote de terrenos destinados a explotaciones de pequeña minería a cielo abierto, los permisos de emisión podrán otorgarse para el desarrollo de la actividad de quemas en su conjunto, a asociaciones o grupos de solicitantes cuando realicen sus actividades en una misma zona geográfica, siempre que de manera conjunta establezcan sistemas de vigilancia y monitoreo de los efectos de la contaminación que generan y sin perjuicio de la responsabilidad de cada cual de efectuar el adecuado y correspondiente control de las quemas y de la dispersión de sus emisiones.
    •Descargas de humos, gases, vapores, polvos o partículas por ductos o chimeneas de establecimientos industriales, comerciales o de servicio.
    •Emisiones fugitivas o dispersas de contaminantes por actividades de explotación minera a cielo abierto.

    •Incineración de residuos sólidos, líquidos y gaseosos.
    •Operaciones de almacenamiento, transporte, carga y descarga en puertos, susceptible de generar emisiones al aire.
    •Operación de calderas o incineradores por un establecimiento industrial o comercial.
    •Quema de combustibles, en operación ordinaria, de campos de explotación de petróleo y gas.
    •Procesos o actividades susceptibles de producir emisiones de sustancias tóxicas.
    •Producción de lubricantes y combustibles.
    •Refinación y almacenamiento de petróleo y sus derivados; y procesos fabriles petroquímicos.
    •Operación de plantas termoeléctricas.
    •Operación de reactores nucleares.
    •Actividades generadoras de olores ofensivos.
    Las ampliaciones o modificaciones de instalaciones que, cuenten con permiso de emisión atmosférica, cuyas especificaciones o características técnicas, arquitectónicas o urbanísticas, introduzcan variaciones sustanciales a las condiciones de emisión o de dispersión de las sustancias contaminantes emitidas, o que tengan por efecto agregar nuevos contaminantes a las emisiones existentes o aumentar la cantidad de éstas, requerirán la modificación previa del permiso vigente.

    •Las calderas u hornos que utilicen como combustible gas natural o gas licuado del petróleo, en un establecimiento industrial o comercial o para la operación de plantas termoeléctricas con calderas, turbinas y motores, no requerirán permiso de emisión atmosférica.
    Contenido de la solicitud:
    •Nombre o razón social del solicitante, y del representante legal o apoderado, si los hubiere, con indicación de su domicilio.
    •Localización de las instalaciones, del área o de la obra.
    •Fecha proyectada de iniciación de actividades, o fechas proyectadas de iniciación y terminación de las obras, trabajos o actividades, si se trata de emisiones transitorias;
    •concepto sobre uso del suelo del establecimiento, obra o actividad, expedido por la autoridad municipal o distrital competente, o en su defecto, los documentos públicos u oficiales contentivos de normas y planos, o las publicaciones oficiales que sustenten y prueben la compatibilidad entre la actividad u obra proyectada y el uso permitido del suelo.
    •Información meteorológica básica del área afectada por las emisiones.
    Descripción de las obras, procesos y actividades de producción, mantenimiento, tratamiento, almacenamiento o disposición que generen las emisiones y los planos que dichas descripciones requieran; flujo grama con indicación y caracterización de los puntos de emisión al aire, ubicación y cantidad de los puntos de descarga al aire, descripción y planos de los ductos, chimeneas o fuentes dispersas, e indicación de sus materiales, medidas y características técnicas.
    •Información técnica sobre producción prevista o actual, proyectos de expansión y proyecciones de producción a cinco (5) años.
    •Estudio técnico de evaluación de las emisiones de sus procesos de combustión o producción; se deberá anexar además información sobre consumo de materias primas, combustibles y otros materiales utilizados.
    •Diseño de los sistemas de control de emisiones atmosféricas existentes o proyectados, su ubicación e informe de ingeniería.
    •Si utiliza controles al final del proceso para el control de emisiones atmosféricas, o tecnologías limpias, o ambos.
    Anexar los siguientes documentos:
    •Certificado de existencia y representación legal, si es persona jurídica.
    •Poder debidamente otorgado, si se obra por intermedio de apoderado.
    •Constancia del pago de los derechos de trámite y otorgamiento del permiso, en los términos y condiciones establecidas de acuerdo con la escala tarifaría.
    •Estudios Técnicos de Dispersión, como información obligatoria, por la naturaleza o impacto de la obra o actividad proyectada, las solicitudes de permisos de emisión atmosférica para refinerías de petróleos, fábricas de cementos, plantas químicas y petroquímicas, siderúrgicas, quemas abiertas controladas en actividades agroindustriales y plantas termoeléctricas.
    La autoridad ambiental competente, sin perjuicio de su facultad de solicitar información completa sobre procesos industriales, deberá guardar la confidencialidad de la información que por ley sea reservada, a la que tenga acceso o que le sea suministrada por los solicitantes de permisos de emisión atmosférica.
    El funcionario de la Oficina de Atención al Usuario o de la Coordinación Municipal verifica que la documentación este completa, envía a la Oficina Jurídica de Recursos Naturales, con base en la información suministrada, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, dictará un auto de iniciación, abre el expediente. En caso de que la solicitud no reúna los requisitos exigidos, en el mismo auto de iniciación de trámite, se indicarán al interesado las correcciones o adiciones necesarias, para que las subsane o satisfaga en el término de diez (10) días hábiles. Si el abogado considera necesaria una visita técnica de inspección al lugar respectivo, la ordenará para que se practique dentro de los quince (15) días hábiles siguientes y así lo indicará en el auto de iniciación de trámite o una vez allegada la información solicitada, en el cual se precisará la fecha, hora y lugar en que habrá de realizarse. El auto de inicio debe ser notificado en los términos de los artículos 71 de la Ley 99 de 1993.
    Allegada por el peticionario la información adicional requerida, dispondrá de cinco (5) días hábiles adicionales, si lo estima conveniente, para solicitar a otras autoridades o entidades rendir dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de la comunicación que así lo solicite, los conceptos técnicos o informaciones que sean necesarios para la concesión del permiso.
    Recibida la información o vencido el término de requerimiento de informaciones a otras autoridades o entidades, se expedirá el auto de trámite que declare reunida toda la información requerida para decidir.
    El término de vigencia del permiso, el cual no podrá ser superior a cinco (5) años. Siendo renovable indefinidamente por períodos iguales. Las modificaciones de los estándares de emisión o la expedición de nuevas normas o estándares de emisión atmosférica, modificarán las condiciones y requisitos de ejercicio de los permisos vigentes. Los permisos de emisión para actividades industriales y comerciales, si se trata de actividades permanentes, se otorgarán por el término de cinco (5) años; los de emisiones transitorias, ocasionadas por obras, trabajos o actividades temporales, cuya duración sea inferior a cinco (5) años, se concederán por el término de duración de dichas obras, trabajos o actividades, con base en la programación presentada a la autoridad por el solicitante del permiso.
    Para la renovación de un permiso de emisión atmosférica se requerirá la presentación, por el titular del permiso, de un nuevo "Informe de Estado de Emisiones'' ante la autoridad ambiental competente, con una antelación no inferior a sesenta (60) días de la fecha de vencimiento del término de su vigencia, o a la tercera parte del término del permiso, si su vigencia fuere inferior a sesenta (60) días.
    En caso de no estar de acuerdo con el contenido de la Resolución por la cual se otorga o niega el Permiso de Emisiones Atmosféricas de Fuentes Fijas, podrá presentar el Recurso de Reposición ante la Corporación, dentro de los cinco (5) días siguientes para que se modifique revoque o aclare lo resuelto.
    Hay empresas que se dedican a realizar esta clase de estudios, como pueden ser:
    • Desarrollo Ecológico Industrial (DEISA).
    • ABC, etc.

    Lo que estos dos laboratorios evalúan son : Evaluación de contaminantes atmosféricos, tales como: Partículas (PST, PM10), gases de combustión (CO2, O2, CO, N2), NOX (Quimioluminiscencia), SO2, SO3, COV’s, Nieblas Acido (H2SO4, H2S, HCl, H3PO4)-Alcalinas (NaOH); Cloro, Amoniaco, Metales, dioxinas y furanos, entre otros contaminantes generados en equipos de servicios y procesos en fuentes fijas conforme se establece en la LEEGEPA y en referencias Internacionales tales como la EPA Enviromental Protection Agency . También Evaluación de Biogás Metano (CH4, CO2) en Rellenos Sanitarios y Granjas Porcícolas para la determinación de la eficiencia de oxidación. Determinación del contenido de Metano en el Biogás para ser utilizados en la generación de energía eléctrica y para la cuantificación de las emisiones de gas invernadero y de los bonos de carbono.


12 comentarios:

  1. Hola

    Si esto es muy importante pues en realidad las cifras de ediciones al medioambiente han aumentado lamentablemente, algo bueno es que los gobiernos tratan de disminuir estas emisiones con programas ambientales.

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  2. Las emisiones contaminantes a la atmosfera es tal vez una tema muy retomado y de gran importancia en estos ultimos años.
    La informacion proporcionada por los compañeros me parece muy importante, en mayor parte la informacion acerca de los laboratorios encargados de hacer monitoreos en industrias que emiten gases hacia la atmosfera.Creo que estos laboratorios tienen una gran importancia, ya que de ellos depende en mayor parte la calidad del aire que se pueda tener en una ciudad.

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  3. en mi opinion consideraría evitar hacer tráfico tomar transporte público, y el usar la gasolina sin plomo muy buenas medidas que podemos llevar a cabo para ayudar un poco.auque este problema se afecta mas por las industrias las cuales los daños que causan sus daños ya se han mencionado.

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  4. la informacion esta muy bien proporcionada
    hay que hacer ya cambios para tener un buen oxigeno y evitar un poco mas el uso de tranporte publico o auto pero creo que esto es caci imposible ya que todos se adaptaron a estas modalidades pero en fin que se le puede hacer

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  5. Si como menciona mi compañera considero que si se puede hacer algo no estar desanimados el decir pues que se puede hacer claro que se puede si se quiere mejorar siempre y el respetar los programas que están creados para un mejora y si poder lograr darle un suspiro al planeta realmente lo necesita o no???????

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  6. Este tema es de suma importancia ya que las emisiones contaminantes actualmente se presentan en grandes cantidades, considero que todo tipo de industrias que genere emisiones deberia tomar medidas mas adecuadas para disminuir estas emisiones al igual que los vehiculos, a mi parecer el hoy no circula ya no es suficiente para disminuir esta carga de contaminantes.

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  7. Algo que deberiamos hacer para prevenir esto es evitar el uso frecuente de transportes públicos al igual que el de automóviles yhacer el uso de bicicletas o caminar ya que esto es un factor el cual esta haciendo que se produzcan los efectos contaminantes, bueno que también las fabricas tienen mucho que ver pero nosotros tenemos que buscar las soluciones para poder evitar todo esto y asi tener mejor vida para nosotros.

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  8. En este tipo de contaminación todos podríamos a ayudar a que disminuya como utilizar el automóvil solo para lo necesario y no como para ir a la tienda que esta como a 2 cuadras o cosas así por una parte esto nos beneficiaría porque la gente que tiene sobrepeso se ejercitaría un poquito.
    Y en cuanto a las emisiones que generan las industrias creo que debería haber leyes más estrictas porque algunas industrias se pasan y contaminan mucho pero como los que hacen las certificaciones y todo eso son tan corruptos que con dinero hacen como que no contaminan estas, Creo que en eso no se puede hacer mucho hasta que todos creemos una conciencia de que nuestro planeta es nuestro hogar y que cuando pase algo malo e irremediable ni el dinero podrá evitarlo.

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  9. Aquí participan todos, ni por que las industrias tienen avances en sus procesos, no tratan de ver una manera de no contaminar al medio ambiente así como tomar ejemplos de pocas industrias las cuales tratan de participar con lo del planeta , por que la basura que esta en el suelo hace que se acumule una bomba, esta la cual a provocadas enfermedades para las personas y tanto para las leyes hay que darles a entender o verles ver que participen mas con el planeta para ya no llegar a mas legos

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  10. las emisiones de contaminantes a la atmósfera es una actividad muy común de las empresas las cuales desechan gases contaminantes, las cuales ayudan al calentamiento global y al efecto invernadero y como consiguiente al exterminio del mundo y a la mas rápida y pronta apocalipsis en el planeta.

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  11. Pienso que es importante ya que nos ayuda a saber que parámetros o limites deben de existir para las emisiones a la atmosfera y creo que las empresas deben de cumplir con los parámetros ya que son los mayores generadores de contaminación.

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  12. las fabricas son grandes generadoras de emisiones estas deberían de tomar medidas para disminuir la contaminación, también algo que podríamos hacer para ayudar a no contaminar mas es no usar tanto el transporte publico o vehículos

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